{"id":125,"date":"2020-04-11T10:39:19","date_gmt":"2020-04-11T16:39:19","guid":{"rendered":"http:\/\/www.casatecmilco.org\/incendiareloceano\/?p=125"},"modified":"2020-04-11T15:40:19","modified_gmt":"2020-04-11T21:40:19","slug":"la-revolucion-del-sur-y-la-reorganizacion-del-estado-de-morelos-1915-1917","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/2020\/04\/11\/la-revolucion-del-sur-y-la-reorganizacion-del-estado-de-morelos-1915-1917\/","title":{"rendered":"#3 &#8211; La Revoluci\u00f3n del Sur y la reorganizaci\u00f3n del Estado de Morelos (1915-1917)"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: right;\">Francisco Pineda G\u00f3mez (ENAH)<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">Los pueblos de Morelos en las luchas de refundaci\u00f3n<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">UAEM, Cuautla, Morelos, 24 de mayo de 2016.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Introducci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">Tlaltizap\u00e1n. Mor., 17 de marzo de 1917.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\u201cEmiliano Zapata, Jefe Supremo de la Revoluci\u00f3n de la Rep\u00fablica, a los habitantes del Estado de Morelos hago saber\u201d&#8230;<\/p>\n<p>Y como principio n\u00famero uno de la Ley General Administrativa para el Estado de Morelos, Zapata se\u00f1al\u00f3:<\/p>\n<p>\u201cUno de los grandes anhelos de la revoluci\u00f3n es <strong>el gobierno del pueblo por el pueblo<\/strong>\u201d.<\/p>\n<p>Este principio condensa un aspecto fundamental de la experiencia zapatista, en las enormes y dif\u00edciles tareas revolucionarias para reorganizar el Estado de Morelos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>El gobierno del pueblo por el pueblo<\/strong> significaba invertir, radicalmente, la pir\u00e1mide de la estructura de poder existente. Es decir, para Zapata, las decisiones fundamentales de la vida econ\u00f3mica, social y pol\u00edtica radican en el pueblo, no en los privilegiados ni en los funcionarios p\u00fablicos.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>En esta ocasi\u00f3n presentar\u00e9 una s\u00edntesis de esa experiencia, con base en los documentos zapatistas de finales de 1915 a mediados de 1917.<\/p>\n<p>La primera parte de la exposici\u00f3n tratar\u00e1 de la reorganizaci\u00f3n revolucionaria del gobierno del Estado de Morelos y de los Municipios.<\/p>\n<p>En la segunda parte, abordar\u00e9 la estructuraci\u00f3n de las organizaciones populares; especialmente, las Juntas de Reformas Revolucionarias y las Asociaciones Defensoras de los Principios Revolucionarios.<\/p>\n<p>Har\u00e9 la presentaci\u00f3n de esa experiencia con palabras de los propios zapatistas y s\u00f3lo har\u00e9 breves comentarios de mi parte. En mi opini\u00f3n, \u00e9sta ser\u00eda la mejor forma para comunicarles la gesta hist\u00f3rica de la Revoluci\u00f3n del Sur, en la refundaci\u00f3n del Estado de Morelos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>PRIMERA PARTE<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong> Gobierno del pueblo<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Fragmentos de la Ley General de Funcionarios y Empleados P\u00fablicos,<\/p>\n<p>Cuernavaca, Mor., 2 de noviembre de 1915.<\/p>\n<ul>\n<li>Las leg\u00edtimas aspiraciones del pueblo no podr\u00e1n conseguirse mientras en las esferas gubernamentales tengan cabida individuos acostrumbrados a <strong>tiranizar y explotar<\/strong> a los trabajadores.<\/li>\n<li><strong>Todo funcionario p\u00fablico<\/strong>, cualquiera que sea su categor\u00eda, deber\u00e1 pertenecer a las clases trabajadoras de la sociedad. En consecuencia,<strong>ser\u00e1n excluidos de las esferas gubernamentales<\/strong> los que <strong>NO<\/strong> tengan necesidad de <strong>trabajar<\/strong> para subsistir.<\/li>\n<li>Se concede acci\u00f3n popular para denunciar los fraudes cometidos contra la naci\u00f3n, los cohechos y sobornos de funcionarios y empleados p\u00fablicos.<\/li>\n<li>\u00a0<strong>Los sueldos de funcionarios<\/strong> y empleados p\u00fablicos no exceder\u00e1n de la cantidad que baste a su propia subsistencia y a la de su familia, como miembros de la clase media, de acuerdo con la costumbre. Por lo tanto, <strong>se suprimen los sueldos llamados de representaci\u00f3n<\/strong> y todo otro gasto que sirva para sostener la ostentaci\u00f3n y el lujo.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Se apreciar\u00e1 que, para los zapatistas, <strong>gobierno del pueblo<\/strong> signific\u00f3 <strong>el gobierno de los trabajadores<\/strong>, excluyendo radicalmente a los <strong>tiranos<\/strong> y a los <strong>explotadores<\/strong>. Asimismo, por medio de la acci\u00f3n popular se establecieron medidas para vigilar y controlar a esos funcionarios, aunque pertenecieran a las clases trabajadoras.<\/p>\n<p>\u201cNing\u00fan revolucionario de principios debe atentar contra los intereses del Pueblo, sino que tenemos obligaci\u00f3n de velar y cuidar por su bienestar, d\u00e1ndoles las garant\u00edas necesarias\u201d, escribi\u00f3 un general zapatista cuyo nombre no aparece en otro documento.<\/p>\n<p>El 1\u00b0 de agosto de 1916, Emiliano Zapata expidi\u00f3 un decreto, a ese respecto: \u201cQuedan excluidos del Ej\u00e9rcito Libertador todos aquellos jefes, oficiales y soldados que, en lugar de combatir al enemigo, empleen sus armas para cometer abusos\u201d&#8230;<\/p>\n<p>Por su parte, el general Eufemio Zapata, escribi\u00f3 a su hermano Emiliano una carta muy significativa de la lucha en contra de los abusos.<\/p>\n<p>Escribi\u00f3: \u201cacompa\u00f1o [a esta carta] las notas que me dirigen varios pueblos, acerca de los atropellos y desmanes que comete [el general] Vicente Rojas&#8230; ya es un esbirro y plagiario que merece se le juzgue con <strong>la ley del 30 30<\/strong>. En fin, ponga usted un ejemplo con uno de estos <strong>reyecitos<\/strong> para bien de la revoluci\u00f3n y bienestar de los pueblos\u201d.<\/p>\n<p>Cuartel General en la Heroica Cuautla, 11 de marzo de 1916, el general Eufemio Zapata.<\/p>\n<p>En la Revoluci\u00f3n del Sur, <strong>las mismas leyes<\/strong> deb\u00edan estar subordinadas a la decisi\u00f3n del pueblo. As\u00ed lo indica la Ley sobre la sujeci\u00f3n al plebiscito, expedida en Cuernavaca el 8 de enero de 1916.<\/p>\n<p>\u201cPoca pol\u00edtica y mucha administraci\u00f3n\u201d. El dictador [Porfirio D\u00edaz] y sus ac\u00f3litos se reservaron insidiosamente el derecho de hacer pol\u00edtica y, ya lo vimos, tambi\u00e9n nos arrebataron los derechos civiles [sociales y econ\u00f3micos].<\/p>\n<ul>\n<li>El voto popular <strong>no falseado<\/strong> garantiza el ejercicio de la soberan\u00eda y por eso <strong>los tiranos y los pol\u00edticos venales<\/strong> siempre han tratado de burlar el sufragio nacional.<\/li>\n<li>El concepto justo de una <strong>efectiva y real democracia<\/strong> supone la pr\u00e1ctica del voto, <strong>no solamente<\/strong> con el fin de elegir mandatarios o representantes del pueblo sino, <strong>lo que es m\u00e1s trascendente, con el fin de aprobar o reprobar las leyes<\/strong> por medio de nuestro voto popular, el llamado plebiscito o referendum.<\/li>\n<li>Aceptado universalmente el principio de que la soberan\u00eda reside esencial y originariamente en el pueblo, deben tambi\u00e9n aceptarse las consecuencias de tal principio. Congresos, Asambleas Legislativas, Convenciones, etc\u00e9tera, son manejadas casi siempre por hombres inmorales y por pol\u00edticos intrigantes; esos artificios no constituyen sino una burla imperdonable y atentatoria en contra de la soberan\u00eda popular, que tanto se ha invocado por los mismos que tratan de desvirtuarla.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En consecuencia:<\/p>\n<p>\u2010 1\u00b0 Las leyes fundamentales de la rep\u00fablica deber\u00e1n sujetarse a la voluntad del pueblo expresada por medio del plebiscito.<\/p>\n<p>\u2010 2\u00b0 Ratificada una ley por el pueblo deber\u00e1 ser puntualmente cumplida y ninguna autoridad podr\u00e1 invalidarla o desconocerla.<\/p>\n<p>\u2010 3\u00b0 <strong>Se reconoce el derecho de rebeli\u00f3n<\/strong> para derrocar a los mandatarios infieles a los <strong>leg\u00edtimos mandatos del pueblo.<\/strong><\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong> Emancipaci\u00f3n de los Municipios<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>La inversi\u00f3n de la pir\u00e1mide del poder, que mencion\u00e9 al inicio, se apreciar\u00e1 tambi\u00e9n en el lugar preminente dentro de la estructura de gobierno que la Revoluci\u00f3n del Sur le dio a los Municipios.<\/p>\n<p>El 15 de septiembre de 1916, Emiliano Zapata expidi\u00f3 la Ley General sobre Libertades Municipales. Dice:<\/p>\n<ul>\n<li>Los pasados dictadores ahogaron la independencia de los municipios, someti\u00e9ndolos a la f\u00e9rrea dictadura de <strong>los Gobernadores<\/strong> y Jefes Pol\u00edticos, que s\u00f3lo atend\u00edan a enriquecerse a costa de los pueblos.<\/li>\n<li>La libertad municipal es<strong> la primera y m\u00e1s importante<\/strong> de las instituciones democr\u00e1ticas, toda vez que nada hay m\u00e1s natural y respetable que el derecho que tienen los vecinos de un centro cualquiera de poblaci\u00f3n, para arreglar <strong>por s\u00ed mismos<\/strong> los asuntos de la vida com\u00fan y para resolver lo que mejor convenga a los intereses y necesidades de la localidad.<\/li>\n<li>La libertad municipal resulta irrisoria, si no se concede a los vecinos la debida participaci\u00f3n en la soluci\u00f3n y arreglo de los principales asuntos de la localidad. De no ser as\u00ed, y de no estar vigilados y controlados los Ayuntamientos, \u00fanicamente se lograr\u00e1 el establecimiento de un <strong>nuevo despotismo<\/strong>, el de los mun\u00edcipes y regidores identificados o manejados por los caciques de los pueblos.<\/li>\n<li>Y por eso conviene, para evitar abusos y negocios escandalosos o tr\u00e1ficos inmorales, someter a la aprobaci\u00f3n de todos los vecinos los asuntos m\u00e1s importantes de la existencia comunal.<\/li>\n<\/ul>\n<p>[Por tanto:]<\/p>\n<p>\u2010 1\u00b0 Se declara emancipados de <strong>toda tutela gubernativa<\/strong>, los diversos municipios de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>\u2010 2\u00b0 En consecuencia, cada municipio gozar\u00e1 de absoluta libertad para proveer las necesidades locales y para expedir los reglamentos, bandos y disposiciones que juzgue necesarias para su r\u00e9gimen interior.<\/p>\n<p>\u2010 5\u00b0 El municipio estar\u00e1 representado y regido por un Ayuntamiento electo popularmente, en el concepto de que <strong>la elecci\u00f3n ser\u00e1 directa<\/strong> y en ella tomar\u00e1n parte <strong>todos los ciudadanos<\/strong> que tengan el car\u00e1cter de domiciliados.<\/p>\n<p>\u2010 7\u00b0 Las sesiones de los Ayuntamientos ser\u00e1n enteramente p\u00fablicas.<\/p>\n<p>\u2010 8\u00b0 La corporaci\u00f3n municipal deber\u00e1 someter el estudio y la rectificaci\u00f3n de los asuntos a la junta general de todos los vecinos del municipio.<\/p>\n<p>\u2010 11\u00b0 Los mun\u00edcipes aisladamente, o los Ayuntamientos en masa, <strong>podr\u00e1n ser destituidos<\/strong> si as\u00ed lo acuerda el vecindario en junta general, por el voto de la mayor\u00eda de los ciudadanos all\u00ed reunidos.<\/p>\n<p>\u2010 18\u00b0 Con los fondos municipales, deber\u00e1n establecerse el mayor n\u00famero de escuelas primarias.<\/p>\n<p>Dado en el Cuartel General de la Revoluci\u00f3n en Tlaltizapan, Mor., a los 15 d\u00edas del mes de septiembre de 1916. El General en jefe del Ej\u00e9rcito Libertador, Emiliano Zapata.<\/p>\n<p><strong>SEGUNDA P ARTE<\/strong><\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong> Organizaciones del Pueblo<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Hasta aqu\u00ed, hemos visto algunos de los principios fundamentales del zapatismo, para la reorganizaci\u00f3n del Estado de Morelos. Pero, a fin de que se pudiera ejercer efectivamente el poder popular, <strong>el gobierno del pueblo por el pueblo,<\/strong> la Revoluci\u00f3n del Sur plante\u00f3 que era indispensable la organizaci\u00f3n del propio pueblo de manera independiente; incluso, independiente del propio Ej\u00e9rcito Libertador(organizaci\u00f3n armada del pueblo).<\/p>\n<p>En 1915, los zapatistas plantearon (textualmente) que:<\/p>\n<ul>\n<li>A la acci\u00f3n de las armas carrancistas, hab\u00eda que contestar con una vigorosa acci\u00f3n social. Por esto se pens\u00f3 en organismos ejecutivos, modestos y formados por individuos de la clase trabajadora.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Estas organizaciones fueron las <strong>Juntas de Reformas Revolucionarias<\/strong> en cada municipio.<\/p>\n<p>Dice el Decreto respectivo:<\/p>\n<p>Siendo necesario para la mayor eficacia de la acci\u00f3n revolucionaria la formaci\u00f3n de <strong>organismos de ejecuci\u00f3n y propaganda<\/strong> en la mayor parte posible del territorio nacional:<\/p>\n<ol>\n<li>Proc\u00e9dase a establecer, bajo la denominaci\u00f3n de Juntas de Reformas Revolucionarias, \u00f3rganos de acci\u00f3n y de propaganda revolucionarias.<\/li>\n<li>En cada cabecera de municipalidad se constituir\u00e1 una Junta de Reformas Revolucionarias&#8230;<\/li>\n<li>Ser\u00e1n atribuciones de las Juntas de Reformas Revolucionarias&#8230;constituirse en <strong>Tribunales Especiales de Tierras<\/strong>&#8230; y en <strong>Tribunales Especiales de Trabajo<\/strong>&#8230; Dar a conocer al pueblo sus verdaderos derechos por medio de la prensa, conferencias, conversaciones, etc\u00e9tera, invit\u00e1ndolo a ejercerlos con virilidad y a <strong>tomar resueltamente posesi\u00f3n de las tierras usurpadas por los hacendados<\/strong>&#8230; Velar por el pronto y exacto cumplimiento de las leyes emanadas de la revoluci\u00f3n\u2026<\/li>\n<\/ol>\n<p>Posteriormente, en 1916, se organizaron las <strong>Asociaciones Defensoras de los Principios Revolucionarios<\/strong>, en todo el Estado de Morelos y parte del Estado de Puebla.<\/p>\n<p>Las tareas de estas organizaciones fueron:<\/p>\n<ul>\n<li>Dar a conocer, tanto al elemento armado como a los vecinos pac\u00edficos, los manifiestos, leyes y circulares que expida el Cuartel General del Sur; explicando los fines que persigue la revoluci\u00f3n, los deberes para con ella y los beneficios que producir\u00e1 a favor del pueblo.<\/li>\n<li>Fomentar, con igual cuidado, la instrucci\u00f3n de la ni\u00f1ez y de la juventud a los que tambi\u00e9n explicar\u00e1 en forma adecuada los ideales revolucionarios.<\/li>\n<li>Vigilar el exacto cumplimiento de los principios revolucionarios, principalmente, los relativos a la cuesti\u00f3n agraria.<\/li>\n<li>Mediar pac\u00edficamente en los conflictos que surjan entre las autoridades civiles y los jefes militares [zapatistas] o clase de tropa revolucionaria.<\/li>\n<li>Nombrar, entre sus miembros, oradores que den <strong>conferencias peri\u00f3dicas<\/strong> y que recorran los pueblos de la respectiva jurisdicci\u00f3n, haciendo propaganda en favor de los principios y explicando a las fuerzas revolucionarias, por una parte, y a los ciudadanos no combatientes, por otra, los deberes que respectivamente les corresponden.<\/li>\n<li>Tomar parte en las elecciones de toda clase de autoridades, formulando candidaturas que garanticen los intereses del pueblo, exhortando a los ciudadanos a que cumplan sus deberes electorales y organiz\u00e1ndolos para las elecciones.<\/li>\n<li>Procurar que la propaganda llegue hasta el seno de las familias y que los jefes de \u00e9stas inculquen a sus hijos y dem\u00e1s familiares los buenos principios, hagan que estos tomen inter\u00e9s por la revoluci\u00f3n y comprendan que del triunfo de ella depende la felicidad de la gente honrada y trabajadora y el progreso de los mexicanos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El Cuartel General del Sur plante\u00f3, adem\u00e1s, que para formar parte de las Asociaciones Defensoras de los Principios Revolucionarios deb\u00edan cumplirse los siguientes requisitos:<\/p>\n<ul>\n<li>\u2010 Ser mayor de 21 a\u00f1os, no ser enemigo de la revoluci\u00f3n, ser vecino del lugar, saber leer y escribir.<\/li>\n<li>\u2010 No haber <strong>explotado<\/strong> en ninguna \u00e9poca a los vecinos del pueblo donde radica, vali\u00e9ndose de empleos p\u00fablicos o de influencias que haya tenido con los gobiernos pasados.<\/li>\n<li>\u2010 Ser revolucionario o cuando menos simpatizar con los principios que defiende la revoluci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En el caso del Municipio de <strong>Tochimilco<\/strong>, al constituir la Asociaci\u00f3n Defensora de los Principios Revolucionarios, los vecinos de esta poblaci\u00f3n (118), los de Yancuitlalpan (59), Tulcingo (83), Huilango (44), Cuautomatitla (31), Zacatempa (42), Tecuanipa (69) y Tepanapa (48) \u2014en total 494 miembros de la nueva organizaci\u00f3n popular en ese Municipio\u2014 declararon inmediatamente la apertura de la ense\u00f1anza p\u00fablica y nombraron director de la escuela.<\/p>\n<p>En el Acta respectiva, firmada en el Cuartel General de Tochimilco, en el Popocat\u00e9petl, agregaron:<\/p>\n<ul>\n<li>Y con respecto a la tala de madera, <strong>se manda suspender el desmonte inmoderado<\/strong> en las monta\u00f1as del volc\u00e1n, en la inteligencia de que s\u00f3lo es permitido el corte de toda clase de madera seca para la extracci\u00f3n de tablas, vigas y dem\u00e1s, no debiendo cortar los \u00e1rboles verdes ya sean grandes o plantas. Para esto, se nombrar\u00e1n Comisionados para que pasen en los montes a inspeccionar el estado en que se conservan y dar cuenta debidamente a la Asociaci\u00f3n Defensora de los Principios Revolucionarios de Tochimilco con el resultado de su comisi\u00f3n, para que se den los informes a la superioridad cuando el caso lo requiera.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Emiliano Zapata promulg\u00f3, asimismo, una Ley para Representantes del pueblo en materia agraria. En ella indic\u00f3 que era \u201cde urgente necesidad el establecimiento de una autoridad especial, con facultades y obligaciones bien definidas, para que se encargue \u00fanica y exclusivamente de representar y defender <strong>los derechos de los pueblos<\/strong> en asuntos de tierras, montes y aguas\u201d.<\/p>\n<p>Agreg\u00f3:<\/p>\n<ul>\n<li>As\u00ed como hay que conceder amplia personalidad a esos representantes, <strong>es preciso evitar que ellos abusen<\/strong> de las facultades que se les confieren, como en \u00e9pocas pasadas lo hicieron constantemente los Ayuntamientos, vendiendo indebidamente los terrenos y propiedades comunales, sea estableciendo distinciones odiosas entre los vecinos, o bien celebrando contratos ruinosos para los intereses del Municipio.<\/li>\n<li>Los abusos m\u00e1s comunes consist\u00edan en otorgar a los vecinos m\u00e1s influyentes, o a <strong>poderosos contratistas<\/strong> el privilegio de explotar grandes extensiones de terrenos de monte o pasto, y para evitar que en lo futuro se registren casos an\u00e1logos, es preciso conceder al vecindario la intervenci\u00f3n que de hecho le corresponde en esos contratos, someti\u00e9ndolos a su aprobaci\u00f3n y ratificaci\u00f3n, con lo cual se apartar\u00e1 el peligro de que sus representantes sean sobornados por los particulares o por las compa\u00f1\u00edas interesadas en la explotaci\u00f3n.<\/li>\n<li>En previsi\u00f3n del caso de que los representantes de un pueblo que no se conduzcan con la debida equidad u honradez en el desempe\u00f1o de sus funciones, hay que conceder al vecindario el derecho de destituirlos para que no sigan causando da\u00f1os a la comunidad.<\/li>\n<li>Todos los pueblos cualquiera que sea la categor\u00eda de ellos, proceder\u00e1n a nombrar a sus representantes para las cuestiones de tierras, montes y aguas.<\/li>\n<li>Los nombramientos ser\u00e1n hechos por todos los vecinos del pueblo de la localidad que tengan el car\u00e1cter de ciudadanos y <strong>las elecciones ser\u00e1n directas<\/strong> en todo caso.<\/li>\n<li>El cargo de representante ser\u00e1 gratuito y honor\u00edfico.<\/li>\n<li>Para ser representante se requiere: Ser mayor de 24 a\u00f1os, ser notoriamente honrado, ser nativo del lugar, estar avecindado en \u00e9l por espacio de cinco a\u00f1os por lo menos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Emiliano Zapata adem\u00e1s orden\u00f3 que en cada pueblo se organizaran fuerzas de autodefensa, que en aquel tiempo se llamaron <strong>veintenas y rondas<\/strong>. Dos fragmentos del documento enviado a todos los Presidentes Municipales de la zona zapatista:<\/p>\n<ul>\n<li>\u2010 Teniendo en consideraci\u00f3n que muchas familias, al abandonar sus hogares por la aproximaci\u00f3n del enemigo carrancista a los pueblos, dejaron en \u00e9stas objetos varios que no pudieron llevarse consigo, lo mismo que semillas y ganados; teniendo conocimiento que numerosos individuos tanto de tropa como paisanos, aprovech\u00e1ndose de las circunstancias, se dedicaron a robar; esta superioridad ha tenido a bien disponer que inmediatamente se establezca el servicio de veintenas y rondas para proteger los intereses de los habitantes de esa localidad.<\/li>\n<li>Queda autorizado para que aprehenda a todo individuo que se encuentre robando o allanando alg\u00fan domicilio y lo remita a este Cuartel General para que se le imponga el castigo severo que merezca.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Lo que comunico a usted para su exacto cumplimiento.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Reforma, Libertad, Justicia y Ley.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Cuartel General en Tlaltizap\u00e1n Morelos, a 30 de marzo de 1916.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">El general en jefe Emiliano Zapata<\/p>\n<p>* * *<\/p>\n<p>\u00c9sa fue la orden de Emiliano Zapata, hace cien a\u00f1os: autodefensa del pueblo armado y organizado. En la Revoluci\u00f3n del Sur, <strong>el gobierno del pueblo por el pueblo<\/strong> tambi\u00e9n significaba eso.<\/p>\n<p>Habr\u00e1n observado ustedes que el m\u00e9todo organizativo que adoptaron los zapatistas, para la refundaci\u00f3n del Estado de Morelos, puso el \u00e9nfasis en tareas espec\u00edficas, as\u00ed como en la territorialidad de la revoluci\u00f3n. Por ejemplo, las Juntas de Reformas Revolucionarias para actuar como tribunales agrarios y laborales; las Asociaciones de Defensa de los Principios Revolucionarios, para promover la educaci\u00f3n y difundir los ideales zapatistas.<\/p>\n<p>Los casos que expuse no fueron los \u00fanicos. En los archivos de la Revoluci\u00f3n del Sur existen muchas experiencias m\u00e1s que ameritan ser estudiadas, con el rigor que merece esta gesta hist\u00f3rica del pueblo.<\/p>\n<p>Hace cien a\u00f1os, una vez m\u00e1s, el ej\u00e9rcito de Estados Unidos invadi\u00f3 la Rep\u00fablica Mexicana. En esa ocasi\u00f3n, Emiliano Zapata emiti\u00f3 un Manifiesto dirigido Al Pueblo de M\u00e9xico. Con esto termino.<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">Cuartel General en Tlaltizap\u00e1n, a <strong>29 de mayo de 1916<\/strong>.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Y la lucha sigue: de un lado, los acaparadores de tierras, los ladrones de montes y aguas, los que todo lo monopolizan, desde el ganado hasta el petr\u00f3leo. Y del otro, los campesinos despojados de sus heredades, la gran multitud de los que tienen agravios o injusticias que vengar, los que han sido robados en su jornal o en sus intereses, los que fueron arrojados de sus campos y de sus chozas por la codicia del gran se\u00f1or, y que quieren recobrar lo que es suyo, tener un pedazo de tierra que les<\/p>\n<p>permita trabajar y vivir como hombres libres, sin capataz y sin amo, sinhumillaciones y sin miserias.<\/p>\n<p>Cuando esto se haya logrado, cuando el campesino pueda gritar \u201csoy hombre libre, no tengo amos, no dependo de nadie mas que de mi trabajo\u201d, entonces diremos los revolucionarios que nuestra misi\u00f3n ha concluido, entonces podr\u00e1 afirmarse que todos los mexicanos tienen Patria, entonces ser\u00e1 grande el Pueblo, poderosa y respetada la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">Reforma, Libertad, Justicia y Ley.<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">El general en jefe Emiliano Zapata.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Francisco Pineda G\u00f3mez (ENAH) Los pueblos de Morelos en las luchas de refundaci\u00f3n UAEM, Cuautla, Morelos, 24 de mayo de 2016. &nbsp; Introducci\u00f3n Tlaltizap\u00e1n. Mor., 17 de marzo de 1917. &nbsp; \u201cEmiliano Zapata, Jefe Supremo de la Revoluci\u00f3n de la Rep\u00fablica, a los habitantes del Estado de Morelos hago saber\u201d&#8230; Y como principio n\u00famero uno&hellip;&nbsp;<a href=\"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/2020\/04\/11\/la-revolucion-del-sur-y-la-reorganizacion-del-estado-de-morelos-1915-1917\/\" class=\"\" rel=\"bookmark\">Leer m\u00e1s &raquo;<span class=\"screen-reader-text\">#3 &#8211; La Revoluci\u00f3n del Sur y la reorganizaci\u00f3n del Estado de Morelos (1915-1917)<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":126,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"neve_meta_sidebar":"","neve_meta_container":"","neve_meta_enable_content_width":"","neve_meta_content_width":0,"neve_meta_title_alignment":"","neve_meta_author_avatar":"","neve_post_elements_order":"","neve_meta_disable_header":"","neve_meta_disable_footer":"","neve_meta_disable_title":"","_ti_tpc_template_sync":false,"_ti_tpc_template_id":"","footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"class_list":["post-125","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-articulos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/125","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=125"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/125\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":129,"href":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/125\/revisions\/129"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/wp-json\/wp\/v2\/media\/126"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=125"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=125"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/casatecmilco.org\/incendiareloceano\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=125"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}